Solo Familia - Grupo Buró Abogados.

Medidas de protección al menor

Desde $ 200.000 pesos

 

check-02-fw Asesoría y Representación judicial ante vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes ante tribunales de familia.

check-02-fwTe explicaremos de forma clara y precisa que medidas de protección puedes solicitar inclusive antes que comience el juicio.

check-02-fwEl plazo máximo de una medida de protección es de 90 días pudiendo renovarse.

check-02-fwUn abogado con mas de 10 años de experiencia, especialistas en juicios de familia te representará y con dedicación exclusiva a tu caso.

check-02-fwFacilidades de pago de los honorarios.

check-02-fwEs un juicio de rápida tramitación por la urgencia que implica el riesgo de un niño, niña o adolescente

Loading...

Solicita Asesoría

¿Cuáles son las personas que pueden iniciar estos juicios de vulneración de derechos?

check-02-fw El niño, niña o adolescente;

check-02-fw Sus padres;

check-02-fw Las personas que lo tengan bajo su cuidado;

check-02-fw Los profesores o director del establecimiento educacional a que asista;

check-02-fw Los profesionales de la salud que trabajen en los servicios en que se atienda;

check-02-fw Los profesionales del Servicio Nacional de Menores;

check-02-fw Cualquier persona que tenga interés en ello.

 

¿Cuáles son las medidas de protección que se pueden utilizar?

Estas son:

check-02-fw Entrega inmediata del niño a los padres o a quienes tengan legalmente su cuidado;

check-02-fw Confiarlo al cuidado de una persona o familia en casos de urgencia.

check-02-fw El ingreso a un programa de familias de acogida o centro de diagnóstico o residencia, por el tiempo que sea estrictamente indispensable;

check-02-fw Disponer la concurrencia de los niños, niñas o adolescentes, sus padres, o las personas que los tengan bajo su cuidado, a programas o acciones de apoyo, reparación u orientación, para enfrentar y superar las situaciones de crisis en que pudieren encontrarse, e impartir las instrucciones pertinentes;

check-02-fw Suspender el derecho de una o más personas a mantener una relación directa y regular con el niño, niña o adolescente, sea que hayan sido establecidas por resolución judicial o no lo hayan sido;

check-02-fw Prohibir o limitar la presencia del ofensor en el hogar común;

check-02-fw Prohibir o limitar la concurrencia del ofensor al lugar de estudio del niño, niña o adolescente, así como a cualquier otro lugar donde éste o ésta permanezca.

check-02-fw Internación en un establecimiento hospitalario, psiquiátrico o de tratamiento especializado, en la medida que se requiera de los servicios que éstos ofrecen y ello sea indispensable frente a una amenaza a su vida o salud;

check-02-fw La prohibición de salir del país para el niño, niña o adolescente sujeto de la petición de protección.

¿Tienes alguna duda?

Un Equipo de especialistas listos para asesorarte!