La mujer, cualquiera sea su edad podrá solicitar alimentos:
Para el hijo ya nacido.
Para el hijo que está por nacer.
Si la madre es menor de edad, el juez de familia deberá velar para que la menor se encuentre debidamente representada.
Si, la mujer, cualquiera sea su edad podrá solicitar alimentos, tanto para el hijo ya nacido, como para el que está por nacer, además, si la madre es menor de edad, el juez de familia deberá velar para que la menor se encuentre debidamente representada. Por tanto, es importante dejar claro que la mujer embarazada tiene derecho a pedir pensión alimenticia incluso antes del nacimiento.
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